El gobernador de Texas, Greg Abbott, designó el 18 de noviembre a la Hermandad Musulmana y al Consejo de Relaciones Americano-Islámicas (CAIR, por sus siglas en inglés) como “organizaciones terroristas extranjeras” y “organizaciones criminales transnacionales” a efectos del derecho estatal.
La proclama, firmada y sellada ese mismo día, prohíbe a ambas entidades y a sus afiliadas comprar o adquirir tierras en Texas y autoriza al fiscal general del estado a iniciar demandas para clausurar lugares vinculados a sus actividades, según el documento y el comunicado oficial. Abbott difundió la medida en X y afirmó que la prohibición de adquirir tierras y la potestad de “cerrarlas” forman parte de la ejecución de la designación.
La proclama fundamenta la designación en una serie de disposiciones del ordenamiento texano y articula un esquema que combina normas penales, civiles e inmobiliarias. En primer lugar, cita el Código Penal §71.01(e), que define “organización terrorista extranjera” para el derecho penal estatal. A continuación, remite al Capítulo 125 del Código de Prácticas y Recursos Civiles (§§125.064(b), 125.065 y 125.066), que permite solicitar órdenes judiciales de cese de actividades y establece sanciones por desacato. Finalmente, incorpora el Título 5 del Código de la Propiedad (§§5.251(7), 5.253, 5.254(a)(2)(A) y 5.257–5.259), que regula las prohibiciones y la desinversión forzosa de bienes inmuebles en casos de entidades designadas por el gobernador.
En ese marco, la redacción del Capítulo 125 faculta a los fiscales a demandar a cualquier persona responsable de mantener un lugar usado de forma habitual por una organización designada para actividades delictivas y autoriza órdenes destinadas a impedir la reiteración de esas conductas, con penas de multa o cárcel en caso de incumplimiento. Por su parte, el Título 5 del Código de la Propiedad establece el andamiaje jurídico que impide cierres y transmisiones de propiedad a favor de sujetos incluidos en categorías prohibidas y prevé mecanismos de desinversión y de registro, de modo que las restricciones sobre la propiedad inmobiliaria y la vía de las medidas cautelares se coordinan entre sí.
El texto oficial vincula la medida con hechos y fuentes de ámbito federal y académico, con el propósito de insertar la decisión estatal en un contexto más amplio. Señala que Hamás, identificado como brazo palestino históricamente asociado a la Hermandad, figura como organización terrorista extranjera a nivel federal desde 1997. Además, remite al caso penal “Holy Land Foundation” (HLF), tramitado en Dallas, en el que una fundación benéfica y cinco directivos recibieron condena en 2008 por proporcionar apoyo material a Hamás. También menciona la carta del FBI de abril de 2009 dirigida a senadores de Estados Unidos, mediante la cual el Buró comunicó la suspensión de todos los contactos formales con CAIR “a la luz de esas pruebas”. Sobre esa base, la proclama incluye pasajes que describen a CAIR como “sucesora” o “frente” de la Hermandad a través del llamado “Comité de Palestina”, alienta a las agencias estatales a considerar ese vínculo y cita pronunciamientos y bases documentales externas.
El documento incorpora asimismo referencias a declaraciones del director ejecutivo nacional de CAIR, Nihad Awad, en un acto del 24 de noviembre de 2023. El gobernador interpreta esas declaraciones como apoyo al asalto del 7 de octubre contra Israel y las presenta como parte del sustento político y simbólico de la designación. Tras la difusión del vídeo y de sus transcripciones, la Casa Blanca manifestó públicamente su rechazo a esas palabras y retiró una mención a CAIR de una ficha informativa sobre la estrategia nacional contra el antisemitismo, lo que la proclama invoca como antecedente reciente de distanciamiento federal respecto de la organización.
La oficina del gobernador publicó en paralelo la nota de prensa que acompaña la proclama y reitera los efectos de la medida. En ese comunicado se enumeran tres ejes principales: la “vigilancia reforzada” por parte de las autoridades, la prohibición de adquisición de tierras en Texas por parte de las organizaciones designadas y sus afiliadas, y la habilitación al fiscal general para actuar bajo el régimen de “actividad molesta” del Capítulo 125. Además, la publicación explica que la designación opera junto al marco aprobado este año por la Legislatura para “proteger a los texanos de adversarios extranjeros” y la encuadra en la política estatal de restricciones a la propiedad inmobiliaria para ciertos sujetos.
En cuanto al alcance jurídico de la prohibición sobre bienes inmuebles, el Título 5 del Código de la Propiedad contempla procedimientos orientados a impedir inscripciones, prácticas de desinversión obligatoria y responsabilidad de quienes faciliten transmisiones a favor de designados. Las secciones citadas en la proclama definen categorías de sujetos prohibidos, atribuyen al gobernador la facultad de emitir la designación a efectos del régimen inmobiliario y establecen deberes de cumplimiento para notarios, compañías de títulos y registradores, bajo pena de acciones y sanciones. De este modo, la designación política se traduce en instrucciones operativas para los actores que intervienen en el mercado de la propiedad.
El Capítulo 125 del Código de Prácticas y Recursos Civiles, por su parte, habilita la presentación de demandas civiles con el fin de obtener medidas cautelares (injunctions) que impidan el uso habitual de lugares por parte de organizaciones designadas. Además, prevé que el incumplimiento de la orden judicial acarree sanciones, incluida la cárcel por desacato. Esta vía ofrece a la Fiscalía general y a los fiscales locales un instrumento para solicitar cierres de espacios vinculados con actividades de una “organización terrorista extranjera” conforme a la definición penal texana, de forma que refuerza el componente inmobiliario con un mecanismo procesal específico.
La designación estatal incorpora también una referencia explícita a la política que Texas inauguró en 2024 con el “Tren de Aragua”. En septiembre de ese año, Abbott emitió una proclama que catalogó a esa agrupación criminal como “organización terrorista extranjera” en el ámbito estatal y detalló la operatividad de los mismos preceptos del Código Penal y del Capítulo 125 para pedir órdenes de cese de actividades y agravar sanciones penales. Aquella proclama fijó el precedente formal de uso del andamiaje normativo sobre “organizaciones terroristas extranjeras” a nivel estatal, y el nuevo texto se presenta como una extensión de ese esquema a la Hermandad Musulmana y a CAIR.
En el plano federal, la designación de “Foreign Terrorist Organization” (FTO) corresponde al Departamento de Estado, conforme al §219 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (8 U.S.C. §1189). El régimen federal vincula esa lista con prohibiciones penales y financieras específicas, entre ellas la relativa a la provisión de apoyo material (18 U.S.C. §2339B) y los bloqueos que se aplican bajo la normativa del Tesoro (31 C.F.R. parte 597. Mientras Hamás figura en la lista federal desde 1997, ni la Hermandad Musulmana en su conjunto ni CAIR aparecen enlistadas como FTO. En enero de 2025, la Casa Blanca publicó una orden para crear un proceso que permita estudiar la designación de ciertos cárteles y otras organizaciones como FTO o como “Terroristas Globales Especialmente Designados”, sin alterar la titularidad federal de la decisión. El contraste entre este régimen federal y la proclama texana sirve al texto estatal para subrayar que actúa dentro de su propio marco competencial.
El texto firmado por Abbott dedica apartados extensos a CAIR y retoma de manera sistemática la documentación del caso HLF. Recuerda que, en ese proceso, el Departamento de Justicia obtuvo condenas por apoyo material a Hamás en 2008. Añade que el FBI, en abril de 2009, informó al Senado federal que suspendía todo contacto formal con CAIR mientras evaluaba “si continúa existiendo una conexión” con Hamás. El documento agrega que, en 2023, la Casa Blanca se distanció públicamente de CAIR tras la difusión de declaraciones de su director y consigna antecedentes sobre el “Comité de Palestina” de la Hermandad, así como reuniones de la década de 1990 que figuran en el expediente de HLF. Con esta acumulación de referencias, la proclama intenta construir una continuidad entre esos antecedentes y la caracterización actual de CAIR.
La Hermandad Musulmana aparece descrita como una organización con un mosaico de estatus internacionales. En este sentido, la proclama recuerda que Emiratos Árabes Unidos y Arabia Saudí la incluyeron en 2014 en sus listados de terrorismo, mientras que Jordania anunció en abril de 2025 la prohibición de la organización y el cierre de sedes. En contraste, la Unión Europea señaló, en respuesta parlamentaria escrita de 2023, que el Consejo no ha debatido la posibilidad de clasificar a la Hermandad como organización terrorista. En Estados Unidos se han presentado proyectos de ley para evaluar su designación federal como FTO, sin que se haya aprobado ninguno hasta la fecha. Este panorama se utiliza para mostrar que la respuesta institucional frente a la Hermandad varía según la jurisdicción, pero que diversos actores ya optaron por enfoques de catalogación restrictiva.
La medida en Texas se imbrica con reformas estatales recientes que el gobernador presenta como parte de una misma estrategia. En 2025, promulgó un paquete normativo para “proteger a los texanos de adversarios extranjeros”, que endurece las restricciones a la propiedad inmueble para ciertas entidades y personas. Además, firmó una ley que prohíbe los llamados “compuestos de sharía” en desarrollos residenciales exclusivos, en sintonía con mensajes previos del Ejecutivo estatal sobre ese tipo de urbanizaciones. La oficina del gobernador sitúa la nueva designación en continuidad con ese marco, de modo que la proclama se interpreta como un eslabón adicional en una política más amplia sobre seguridad y propiedad.
Los efectos prácticos inmediatos en materia inmobiliaria derivan de las secciones del Título 5 del Código de la Propiedad que la proclama cita de forma expresa. Dichas normas exigen que notarios, compañías de títulos de propiedad y registradores apliquen controles destinados a impedir transmisiones a favor de sujetos incluidos en categorías designadas y facultan al estado para exigir la desinversión de bienes ya adquiridos. La implementación requiere lineamientos administrativos para la verificación de beneficiarios finales y la identificación de “afiliados”, junto con la notificación a los condados. En coherencia con ello, el texto firmado instruye la remisión de la proclama a la Secretaría de Estado para su archivo y difusión entre las autoridades competentes.
Según la cobertura inicial de prensa local, la oficina del gobernador reiteró que la designación “prohíbe comprar o adquirir tierras” y autoriza acciones judiciales para su cierre. Además, esos reportes señalaron que CAIR no respondió de inmediato a solicitudes de comentario y recordaron el antecedente de polémicas previas vinculadas con desarrollos residenciales de inspiración islámica en Texas. CAIR-Texas había rechazado meses antes la narrativa sobre “ciudades de la sharía” y negó la existencia de “compuestos” de ese tipo en el estado, por lo que la medida se inserta en un debate que ya venía en curso sobre ese tipo de desarrollos.
La proclama incluye, en sus cláusulas finales, la indicación de que el fiscal general queda habilitado para solicitar órdenes judiciales con base en el Capítulo 125 contra lugares utilizados por organizaciones designadas o sus afiliadas. Asimismo, contiene la declaración de que CAIR actúa como sucesora o frente de estructuras históricamente asociadas a la Hermandad en Estados Unidos. El documento se firmó en Austin y se ordenó su depósito en la Secretaría de Estado, con lo que quedó formalmente incorporado al cuerpo de disposiciones ejecutivas del estado de Texas.
