Entre el 19 y el 20 de febrero de 2026, el Comando de Defensa Aeroespacial de América del Norte (NORAD) detectó cinco aeronaves militares rusas cerca de Alaska y ordenó su interceptación en el eje del estrecho de Bering. El mando binacional de Estados Unidos y Canadá indicó que no halló una amenaza, ya que los aparatos no ingresaron en espacio aéreo soberano.
Después del primer contacto, NORAD siguió una formación compuesta por dos bombarderos Tu-95, dos cazas Su-35 y una aeronave A-50 de alerta temprana. El grupo voló dentro de la Zona de Identificación de defensa antiaérea (ADIZ) de Alaska, un perímetro de control que no equivale a una frontera aérea, aunque exige identificación por motivos de seguridad.

En ese marco, el mando trató el cruce como una actividad de vigilancia y respuesta habitual en espacio internacional. Para la identificación visual y el acompañamiento, NORAD desplegó dos F-16, dos F-35, una aeronave E-3 de vigilancia y control aerotransportado y cuatro aviones cisterna KC-135 destinados al reabastecimiento en vuelo, con el fin de sostener la operación.
Con ese despliegue, NORAD mantuvo patrullas lejos de las bases costeras y aseguró conocimiento de la situación en un radio más amplio. El dispositivo se organizó en tres tareas operativas definidas: interceptación, identificación positiva y escolta hasta la salida del área de identificación, con continuidad de seguimiento durante el tránsito por la zona asignada.

El punto geográfico de referencia se situó en el estrecho de Bering, paso entre los océanos Pacífico y Ártico, con una anchura aproximada de 80 kilómetros en su tramo más estrecho, frente a la costa occidental de Alaska. Esa cercanía reduce la separación entre rutas de aviación militar en el Ártico y los límites de defensa antiaérea norteamericanos.
Por esa razón, trayectorias de entrenamiento de largo alcance pasan cerca de los corredores de identificación sin rebasar límites soberanos. En términos operativos, la ADIZ funciona como una medida preventiva: comienza donde termina el espacio aéreo soberano y se prolonga sobre espacio internacional, lo que delimita un ámbito de vigilancia sin modificar fronteras.

Dentro de esa franja, las autoridades de defensa antiaérea solicitan datos de identificación y supervisan trayectorias para anticipar aproximaciones que acorten los tiempos de reacción. En ese contexto, el mando califica la actividad como regular cuando los vuelos permanecen en espacio internacional y respetan la soberanía, sin registrar entradas en territorio bajo jurisdicción.
La composición del grupo ruso también explica el tipo de medios que NORAD moviliza cuando aparecen plataformas con funciones diferentes. Los Tu-95, por su tamaño y su empleo habitual en misiones de alcance estratégico, exigen seguimiento sostenido; los Su-35 aportan escolta y capacidad de maniobra; y el A-50 amplía cobertura de sensores y coordinación.

Ante esa combinación, el mando seleccionó cazas para la interceptación a corta distancia, un E-3 para el control de la situación aérea y cisternas para asegurar combustible y permanencia sobre el área. La detección no dependió de un solo medio, ya que NORAD integró satélites, radares terrestres, radares aerotransportados y aeronaves en una misma red.
Ese uso simultáneo de sensores permite mantener continuidad cuando el tráfico se ubica lejos de estaciones costeras o modifica altitud, velocidad o rumbo. Además, el mismo sistema facilita documentar el tránsito por la ADIZ y dar por concluida la operación cuando los aparatos abandonan el área y dejan de requerir escolta activa.

En el plano institucional, NORAD opera como estructura binacional y tiene su sede en la base espacial Peterson, en Colorado. La operación regional de Alaska se concentra en la base conjunta Elmendorf-Richardson, en Anchorage, lo que reduce los tiempos de salida hacia el mar de Bering y el Ártico y facilita el despliegue desde la zona.
Con esa disposición, la escolta se mantuvo hasta que las aeronaves rusas salieron de la ADIZ de Alaska. El mando cerró el suceso con la misma valoración inicial: no registró incursión en territorio soberano y no consideró el vuelo una amenaza, al sostener que la actividad se mantuvo en espacio internacional.
