El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó que las prohibiciones en Bélgica de sacrificar animales sin previo aturdimiento no violan la libertad religiosa ni constituyen una forma de discriminación.
Esta decisión fue emitida el martes por el tribunal con sede en Estrasburgo, Francia, y concierne a una apelación presentada por grupos musulmanes contra las medidas adoptadas en 2019 en dos regiones belgas. Dado que el tribunal de Estrasburgo representa la última instancia de apelación, la sentencia es definitiva.
Las prohibiciones han sido objeto de críticas por parte de comunidades judías y musulmanas en Bélgica, quienes las consideran una violación excesiva a sus libertades religiosas. Dichas restricciones se fundamentan en la creencia general de que el sacrificio de animales sin aturdimiento previo constituye un acto de crueldad.
Sin embargo, defensores de la práctica judía del shejita sostienen que, si se efectúa adecuadamente, este método no causa un sufrimiento innecesario a los animales. Argumento similar es presentado por los partidarios de la práctica musulmana del d’biha.
La importancia del consumo de carne kasher para los judíos y halal para los musulmanes radica en que los animales deben estar en perfecto estado de salud y conscientes en el momento de ser sacrificados mediante el corte del cuello.
Esta práctica se encuentra limitada o directamente prohibida en varios países de la Unión Europea y fuera de ella, con base en legislaciones que buscan evitar el sacrificio de animales sin aturdimiento previo.