El Consejo de Seguridad, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando todas sus resoluciones pertinentes sobre la situación en Oriente Medio, incluida la cuestión palestina,
Reiterando su exigencia de que todas las partes cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos y, a este respecto, deplorando todos los ataques contra civiles y bienes de carácter civil, así como toda violencia y hostilidades contra civiles, y todos los actos de terrorismo, y recordando que la toma de rehenes está prohibida por el derecho internacional;
Expresando su profunda preocupación por la catastrófica situación humanitaria en la Franja de Gaza,
Reconociendo los esfuerzos diplomáticos en curso por parte de Egipto, Qatar y Estados Unidos, encaminados a alcanzar un cese de las hostilidades, liberar a los rehenes y aumentar el suministro y la distribución de ayuda humanitaria,
1. Exige un alto el fuego inmediato para el mes de Ramadán respetado por todas las partes que conduzca a un alto el fuego duradero y sostenible, y exige también la liberación inmediata e incondicional de todos los rehenes, así como que se garantice el acceso de la ayuda humanitaria para atender sus necesidades médicas y otras necesidades humanitarias, y exige además que las partes cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho internacional en relación con todas las personas que detienen;
2. Hace hincapié en la urgente necesidad de ampliar el flujo de asistencia humanitaria y reforzar la protección de los civiles en toda la Franja de Gaza y reitera su exigencia de que se levanten todas las barreras a la prestación de asistencia humanitaria a escala, en consonancia con el derecho internacional humanitario, así como con las resoluciones 2712 (2023) y 2720 (2023);
3. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.