El Tribunal de Distrito de Jerusalén impuso a Elazar Rompler una pena de dos años de cárcel, además de multa e indemnización, tras declararlo culpable por una conducta de violencia extrema contra un niño de 10 años dentro de la secta Lev Tahor ante otros estudiantes.
El fallo estableció que Rompler golpeó al menor frente a sus compañeros y lo declaró culpable de agresión agravada con lesiones físicas. También lo halló responsable de incumplir una orden judicial, al salir de Israel pese a la prohibición vigente y evadir el juicio penal.
Tras la huida, las autoridades detuvieron a Rompler en el extranjero y ejecutaron su extradición a Israel mediante un procedimiento coordinado por el Departamento Internacional de la Fiscalía del Estado, que asumió la tramitación del retorno para someterlo nuevamente al proceso judicial pendiente en Jerusalén.
La Fiscalía del Distrito de Jerusalén, por medio del abogado Tzur Huta, subrayó en sus alegatos la gravedad excepcional de dañar a un menor indefenso, dentro de una comunidad cerrada, con abuso de estatus y autoridad, y ante la presencia de otros niños como agravante.
El tribunal aceptó el acuerdo de culpabilidad y sostuvo en su resolución que “los hechos detallados en el primer cargo, que se refiere a la agresión, son graves y escalofriantes”, y calificó el episodio como un acto violento con rasgos de especial severidad penal manifiesta.
Con base en el acuerdo, la corte condenó a Rompler a 24 meses de prisión efectiva, con descuento del tiempo en preventiva, además de penas suspendidas, una multa de 10 000 shekels y una indemnización a la víctima por 12 000 shekels de carácter penal.
