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Unión Europea ordena el etiquetado de productos israelíes fabricados en “asentamientos”

12 de noviembre de 2019

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) dictaminó el martes por la mañana que todos los Estados miembros de la Unión Europea deben etiquetar los productos israelíes procedentes de Judea y Samaria, el este de Jerusalén y los Altos del Golán.

Según la decisión, los productos de estas áreas deben ser claramente etiquetados como fabricados en un “asentamiento israelí”.

El fallo es la culminación de una batalla legal que tuvo lugar después de que la Unión Europea publicara en 2015 unas directrices sobre el marcado de productos procedentes de Judea, Samaria, el este de Jerusalén y los Altos del Golán en los mercados europeos.

En 2016, la bodega Psagot de Binyamin presentó una demanda ante el máximo tribunal francés, el Conseil d’Etat, después de que Francia emitiera una directiva que aplicaba las directrices de la Unión Europea, al tiempo que iba más allá y ordenaba a los minoristas que etiquetaran los productos de “asentamiento”. El Consejo de Estado con sede en París remitió el caso al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

En su sentencia del martes, el TJCE dijo que “los productos alimenticios originarios de los territorios ocupados por el Estado de Israel deben llevar la indicación de su territorio de origen, acompañada, cuando esos productos alimenticios procedan de un asentamiento israelí en ese territorio, de la indicación de su procedencia”.

Sostuvo que los consumidores deben estar expuestos a “consideraciones éticas” antes de comprar un producto para que puedan hacer “elecciones informadas”.

“Los consumidores no tienen manera de saber, a falta de información que les pueda servir de base a este respecto, que un producto alimenticio procede de una localidad o de un conjunto de localidades que constituyen un asentamiento establecido en uno de esos territorios, en violación de las normas del Derecho internacional humanitario”.

“El suministro de información a los consumidores debe permitirles tomar decisiones con conocimiento de causa, no solo en relación con la salud, la economía, el medio ambiente y la sociedad, sino también en relación con las consideraciones éticas y las relativas a la observancia del derecho internacional”, añadió el tribunal, afirmando que “esas consideraciones podrían influir en las decisiones de compra de los consumidores”.

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