El Tribunal Supremo, actuando como Tribunal Superior de Justicia, ha estimado los recursos contra el nombramiento del abogado Michael Rabello como Contralor del Estado y ha ordenado anular la segunda ronda de votación, en la que resultó elegido.
El fallo fue emitido por un panel presidido por el presidente del Tribunal Supremo, Isaac Amit, e integrado por el vicepresidente Noam Sohlberg y las juezas Daphne Barak-Erez, Gila Canfy-Steinitz y Ruth Ronnen.
En su dictamen, el vicepresidente Sohlberg afirmó que el secreto del voto no constituye un privilegio personal al que un miembro del Knéset pueda renunciar, sino una exigencia que rige todo el proceso de votación.
Según Sohlberg, la grabación en video de la votación menoscaba el secreto del sufragio, puede ejercer presión sobre otros miembros del Knéset y perjudica la independencia de su criterio.
Los jueces observaron que al menos seis miembros del Knéset grabaron sus votos, lo que comprometió el secreto del proceso. Dado que Rabello fue elegido por una diferencia de tan solo cuatro votos, el tribunal determinó que existe una posibilidad real de que esa irregularidad haya influido en el resultado de la votación. Por lo tanto, la segunda vuelta debe anularse.
El fallo hizo hincapié en que el Knéset debe completar el proceso de elección del Contralor del Estado lo antes posible y de conformidad con lo dispuesto por la ley. Asimismo, señaló que sería conveniente que el Knéset regulara de forma clara las normas del voto secreto para evitar que se repitan casos similares en el futuro. El fallo se produjo apenas un día después de que el Tribunal Supremo emitiera una orden provisional que suspendió el nombramiento de Rabello.
En su decisión, el tribunal afirmó que la orden provisional era necesaria debido a la proximidad del vencimiento del mandato del actual Contralor del Estado y con el fin de disponer de tiempo suficiente para dictar un fallo definitivo.
«La orden se emite en vista de las limitaciones de tiempo derivadas del próximo vencimiento del mandato del Contralor del Estado en funciones y con el fin de disponer de tiempo suficiente para dictar sentencia en el presente procedimiento», escribió el tribunal.
Los magistrados recalcaron que la orden tiene por objeto preservar el statu quo hasta que se resuelvan los recursos y afirmaron que se dictará un fallo definitivo lo antes posible.