El Tribunal Supremo de Israel anuló este jueves la decisión de la Comisión Electoral Central que permitía transmitir a los partidos información sobre los ciudadanos que ya habían votado. La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Yael Wilner, Alex Stein y Khaled Kabub.
El tribunal determinó que ese mecanismo, utilizado mediante aplicaciones como Elector, carece de base legal suficiente. La prohibición impide que representantes de los partidos en las mesas electorales envíen en tiempo real a sus organizaciones datos sobre quién acudió a votar.
La guerra comenzó cuando el presidente de la Comisión Electoral Central, el juez Noam Sohlberg, decidió impedir la transferencia digital de esos datos durante la jornada electoral. Fundamentó la medida en la protección de la privacidad y en la necesidad de preservar la integridad del proceso electoral.
Likud y otros partidos se opusieron a la decisión. Sostuvieron que cambiaba las reglas durante la campaña y que afectaba su capacidad para contactar y movilizar a simpatizantes el día de las elecciones.
Tras varias peticiones sobre la facultad de Sohlberg para adoptar por sí solo una decisión de ese alcance, el Tribunal Supremo ordenó que la cuestión pasara al pleno de la Comisión Electoral Central.
Durante esas deliberaciones hubo desacuerdos entre miembros de la Knéset, entre ellos Amit Halevi, Simcha Rothman y el vicepresidente de la comisión, Erez Malul, y representantes de la Autoridad de Protección de la Privacidad y otros profesionales. Los primeros defendieron que la restricción perjudicaba el funcionamiento habitual de la jornada electoral. Los asesores jurídicos sostuvieron que la práctica excedía los límites permitidos por la ley.
El pleno de la Comisión Electoral terminó por autorizar de nuevo el uso de Elector y de otros sistemas de información en tiempo real. La decisión obtuvo 19 votos a favor, 11 en contra y tres abstenciones, y se adoptó contra la posición de la fiscal general.
El Tribunal Supremo dejó ahora sin efecto esa decisión. En la opinión principal, la jueza Wilner sostuvo que la transmisión individualizada de datos desde las mesas viola el principio de legalidad administrativa porque no existe una autorización legal expresa para esa práctica.
El fallo también estableció que la transferencia de información sobre votantes afecta de forma grave el derecho a la privacidad y contraviene la prohibición incluida en el artículo 2(9) de la Ley de Protección de la Privacidad.
Los jueces añadieron que ni siquiera el pleno de la Comisión Electoral tiene competencia para autorizar ese sistema sin una base expresa en una ley aprobada por la Knéset.
Como consecuencia, en las próximas elecciones los representantes partidarios en las mesas no podrán informar a sus sedes qué ciudadanos ya ejercieron su derecho al voto y cuáles todavía no lo hicieron. Los partidos deberán adaptar sus métodos de movilización electoral a esta restricción.










