Las Islas Baleares de España adoptaron la definición de trabajo de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA) sobre el antisemitismo.
La legislación, aprobada el 6 de junio, también clasificó el movimiento de Boicot, Desinversión y Sanciones como un acto de “discriminación”.
Las Islas Baleares españolas incluyen Ibiza, Mallorca, Menorca y Formentera.
El abogado principal del Proyecto de Ley en España, Ignacio Wenley Palacios, que participó en el avance del proyecto de ley, declaró que “los boicots por parte de las instituciones públicas tienen todos los atributos de la discriminación más intolerable. Niegan las relaciones y la prestación de servicios públicos a los individuos no por su comportamiento, sino por algo que no pueden cambiar ni evitar: su país de origen”, según JNS.
La definición de antisemitismo de la IHRA, redactada en 2016, establece que “el antisemitismo es una cierta percepción de los judíos, que puede expresarse como odio hacia los judíos. Las manifestaciones retóricas y físicas del antisemitismo se dirigen a personas judías o no judías y/o a sus propiedades, a las instituciones de la comunidad judía y a las instalaciones religiosas”.
La definición de trabajo también incluye ejemplos de retórica y sesgo antiisraelí que “pueden servir de ilustración” del antisemitismo – incluyendo “negar al pueblo judío su derecho a la autodeterminación, por ejemplo, afirmando que la existencia de un Estado de Israel es un esfuerzo racista”, “haciendo comparaciones de la política israelí contemporánea con la de los nazis” o “haciendo a los judíos responsables colectivamente de las acciones del Estado de Israel”.