Las aerolíneas afectadas por el cierre del espacio aéreo de Israel durante la operación “Rugido del León” quieren que el Tribunal Supremo determine quién debe afrontar los gastos que dejaron las cancelaciones. La suspensión de los vuelos obligó a numerosos pasajeros a permanecer fuera del país o en Israel sin poder llegar a su destino. Muchos tuvieron que afrontar pagos elevados por otras vías de transporte y por estancias en el extranjero que no habían previsto.

La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) y varias compañías solicitaron una audiencia urgente ante el tribunal. Entre las firmantes figuran El Al, Air France, KLM, Delta, Etihad, Aegean Airlines y Bulgaria Air. Su petición busca que las obligaciones de asistencia a los viajeros, incluida la financiación de vuelos alternativos, no recaigan sobre las empresas cuando es el Estado quien impide operar mediante una orden de cierre.
La operación comenzó el 28 de febrero de 2026. Ese día quedó cerrado el espacio aéreo israelí y se interrumpió la actividad del aeropuerto Ben Gurión. Las compañías sostienen que durante unos 40 días no pudieron mantener servicios regulares de entrada y salida del país. Tampoco conocían cuándo recuperarían la posibilidad de volar, por lo que no podían organizar itinerarios ni ofrecer alternativas a los pasajeros.
Para las empresas, la duración de una restricción impuesta por las autoridades es determinante: rechazan que los costos ocasionados por esa decisión deban ser asumidos exclusivamente por ellas. Por eso piden que se establezca cómo se aplican en estas circunstancias las obligaciones previstas en la Ley de Servicios de Aviación.

Una de las soluciones que proponen consiste en que el Estado establezca un mecanismo para reembolsar a los pasajeros, en lugar de exigir a las compañías que costeen la asistencia y los vuelos de sustitución. Como alternativa, solicitan que la ministra de Transporte utilice las facultades del artículo 9A de la ley y dicte una orden especial aplicable al período de la operación.
En esa segunda opción, la financiación del alojamiento quedaría limitada a dos noches, los trastornos producidos durante ese período no generarían derecho a una compensación monetaria y el acceso a vuelos alternativos se ajustaría a las condiciones existentes. La petición deja en manos del Tribunal Supremo la resolución de quién debe soportar esas obligaciones económicas.










